Si eres un empresario quizás tu empresa no debe estar siendo todo lo rentable que debería serlo, por la crisis del Covid 19.
Muchos empresarios se plantean cerrar de un modo definitivo sus empresas, aunque tenemos la certeza de que pronto o temprano volverá la actividad al 100% y se volverá a la antigua normalidad.
Así que la solución a plantear a los empresarios para que no cierren de un modo definitivo sus empresas es que procedan a dejar sus empresas inactivas.
Para poder proceder a dejar la empresa inactiva debemos comunicar a Hacienda mediante la presentación del modelo 036 la fecha desde la que la empresa se encuentra en situación de inactividad. El plazo para realizar el trámite de la inactividad es un mes, contando de un mes desde el día siguiente que se produzca la inactividad.
Se deberá presentar también el formulario de baja en el mismo plazo de un mes, siempre que la sociedad se encontrará obligada al pago de IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas).
Que la Sociedad este inactiva, no implica que debamos dejar de cumplir con nuestras obligaciones de presentación los impuestos y documentos exigidos, tales como el modelo 200 IS modelo 390 IVA y depositar las cuentas anuales ante el Registro Mercantil entre otros muchos.
En caso de dejar de presentar las formalidades fiscales o declaraciones, la administración puede imponerle sanciones al Administrador de la Sociedad.
En el caso de que tengas una sociedad y quieras declarar la inactividad de esta no dudes en ponerte en contacto con nosotros.